Certificado de Profesionalidad – ¡¡ONLINE!!
VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS
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¡14 DE SEPTIEMBRE 2026 – INICIO PRÓXIMO CURSO!
SOMOS EL ÚNICO CENTRO EN ARAGÓN AUTORIZADO QUE IMPARTE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.
Información completa sobre el
Certificado de Profesionalidad de Vigilante + Escolta Privado
IMPORTANTE sobre los Certificados de Profesionalidad:
SALIDAS PROFESIONALES
Este certificado de profesionalidad en VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS se enmarca dentro de lo previsto en la Ley 5/2014 de Seguridad Privada (art. 29), que además del curso tradicional de vigilante de seguridad (en el que se debe realizar el posterior examen convocado por la Policía Nacional), añade nuevos “itinerarios”, para obtener esta habilitación.
COMPETENCIA GENERAL: El contenido de este certificado, se regula en el Real Decreto 548/2014 (BOE 19 de julio de 2014), y establece que los alumnos que superen esta formación, serán competentes para vigilar, y proteger a las personas y sus bienes, evitando la comisión de delitos e infracciones, en un entorno definido.
OCUPACIONES Y PUESTOS DE TRABAJO RELACIONADOS: La realización de este curso, y la posterior obtención de la Tarjeta de Identidad Profesional o T.I.P. que expide la Policía Nacional, permitirán ejercer las siguientes profesiones o actividades:
- Vigilantes de seguridad.
- Escolta privado.
- Vigilancia en Centrales de producción de energía (nucleares, térmicas, etc.).
- Labores de seguridad relacionadas con el control de equipajes de pasajeros en aeropuertos y estaciones de trenes, autobuses, estaciones marítimas, etc.
- Vigilancia del transporte de fondos, dinero, valores y objetos valiosos y peligrosos.
ÁMBITO PROFESIONAL: Los vigilantes de seguridad y escoltas privados que obtengan su habilitación profesional tras cursar este certificado de profesionalidad vigilancia, seguridad privada y protección de personas, desarrollarán su actividad integrados en empresas de Seguridad que ofrecen sus servicios en edificios, polígonos industriales, urbanizaciones e instalaciones tanto públicas como privadas.
VENTAJAS SOBRE EL CURSO “TRADICIONAL” DE VIGILANTE DE SEGURIDAD
- El curso no sólo está reconocido por el Ministerio del Interior, sino también por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el marco de lo previsto por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio y el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
- Toda la formación y exámenes se realizan en nuestro centro de formación, sin necesidad de ningún examen “externo” de la Policía Nacional ni ningún otro organismo público, puesto que ya estamos acreditados oficialmente por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE-INAEM), como centro oficial colaborador para impartir este tipo de cursos y examinar a nuestros propios alumnos.
- Doble habilitación VIGILANTE DE SEGURIDAD + ESCOLTA PRIVADO: Una vez superado el curso en nuestro centro, el alumno estará habilitado para trabajar como Vigilante de Seguridad, y como Escolta Privado. En cambio, si el alumno opta por la vía tradicional, debería superar dos cursos diferentes, así como los exámenes correspondientes a ambas habilitaciones convocados por la Policía Nacional (pruebas físicas y exámenes teóricos).
- El certificado de profesionalidad vigilancia, seguridad privada y protección de personas, tiene un contenido mucho más completo (su duración también es mayor), que aporta al alumno una formación multidisciplinar en diferentes áreas de trabajo dentro del sector de la seguridad privada.
- Prácticas en empresas de seguridad privada: El alumno debe completar un módulo de prácticas profesionales de 40 horas de duración. Nuestra condición de Agencia Oficial de Colocación autorizada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE-INAEM), facilita la relación con diferentes empresas del sector, con las que nuestro centro mantiene acuerdos de colaboración en este sentido.
Evidentemente, estas prácticas permiten al alumno darse a conocer en dichas empresas, y aumenta considerablemente sus posibilidades de continuar trabajando en ellas una vez finalizada su formación, y ya con un contrato laboral en vigor
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para obtener la habilitación como Vigilante de Seguridad, por esta «vía» de los CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD, el alumno debe cumplir los siguientes requisitos (indicados en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, y en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada):
- Nacionalidad: Tener la nacionalidad de alguno de los países pertenecientes a la UE o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- Edad: Ser mayor de edad.
- Antecedentes penales: Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- Nivel de estudios: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
- Exclusiones médicas: Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
- No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los 2 años anteriores.
- No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud
- Los requisitos necesarios para poder portar y utilizar armas de fuego, a tenor de lo dispuesto al efecto en el vigente Reglamento de Armas.
Además de los requisitos anteriores, para habilitarse como Escolta Privado, el aspirante debe cumplir un requisito específico de talla o estatura (1’70 cm los hombres y 1’65 cm las mujeres).
IMPORTANTE sobre nuestros cursos:
PREGUNTAS FRECUENTES sobre el Certificado de Profesionalidad de Vigilante + Escolta privado:
¿CON EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD YA OBTENGO LA HABILITACIÓN PROFESIONAL PARA TRABAJAR COMO VIGILANTE DE SEGURIDAD?
No directamente. El certificado de profesionalidad acredita que su titular posee unos determinados conocimientos y experiencia profesional, pero no sustituye al TIP o tarjeta de Identidad Profesional del Vigilante de Seguridad, que deberá tramitarse posteriormente con el Ministerio del Interior – Policía Nacional, que ostentan las competencias en materia de seguridad privada.
No obstante, una vez completada la formación, el alumno presentará toda la documentación correspondiente ante la Policía Nacional, que tras comprobar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos indicados en la Ley de seguridad Privada 5/2014, le expedirá su habilitación profesional o TIP.
¿QUÉ VENTAJAS TIENEN LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA SOBRE EL CURSO DE VIGILANTE DE SEGURIDAD “TRADICIONAL”?
El curso “tradicional” únicamente te permite obtener un diploma que te exigirá la Policía Nacional para poder presentarte a los exámenes oficiales que se convocan anualmente.
Sin embargo, con el CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, se obtiene una titulación directamente reconocida por el Ministerio de Trabajo y Ministerio del Interior, tal y como se regula en el artículo 29 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.
Si realizas el curso “tradicional”, posteriormente debes superar unos exámenes (pruebas físicas y examen teórico) convocados por la Policía Nacional. Necesariamente debes examinarte en las sedes y fechas convocadas.
Con el CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, los exámenes se realizan en nuestro centro de formación, y te ayudaremos con todos los trámites administrativos necesarios, hasta que puedas obtener tu habilitación como Vigilante de Seguridad. NO TIENES QUE REALIZAR NINGÚN EXAMEN “EXTERNO” CON LA POLICÍA NACIONAL ni con ningún otro organismo de la Administración Pública.
Cuando finaliza el curso “tradicional” de Vigilante de Seguridad, el alumno debe buscar un trabajo en el sector de la Seguridad Privada. Si realizas el CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, completarás un módulo de prácticas profesionales en una empresa de seguridad privada, con una duración estipulada de 40 horas.
Nuestro centro mantiene acuerdos de colaboración con las empresas más importantes del sector. La realización de estas prácticas profesionales, te permitirá entrar en contacto directo con estas empresas, en las que podrás demostrar tu cualificación profesional, y aumentar exponencialmente tus posibilidades de incorporación una vez finalices tu periodo de formación y obtengas tu habilitación profesional como Vigilante de Seguridad.
El certificado de profesionalidad que habitualmente impartimos en nuestro centro es el de VIGILANCIA, SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS, que engloba las habilitaciones profesionales de: VIGILANTE DE SEGURIDAD + ESCOLTA PRIVADO (duración total 290 horas).
Es decir, realizando este curso, podrás obtener directamente las dos habilitaciones, recuerda… sin realizar ningún tipo de examen con la Policía Nacional. Además, os ofrecemos la posibilidad de completar un módulo adicional de 60 horas de duración, con el que también podrás obtener la habilitación como VIGILANTE DE EXPLOSIVOS.
ENTIENDO QUE NO HAY EXÁMENES CON LA POLICÍA NACIONAL... ¿ENTONCES SIEMPRE SE APRUEBA EL CURSO?
No siempre… Nuestra formación es la mejor en este sector, pero no por ello significa que se le regale el título a nadie. Todos los alumnos deben superar una serie de pruebas que se realizan en nuestro centro (exámenes teóricos, prácticos y pruebas físicas), que son siempre «auditadas» y supervisadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE-INAEM).
La inmensa mayoría de nuestros alumnos superan el curso con éxito, gracias a su esfuerzo y dedicación durante el mismo, pero debe quedar claro que si esos factores no concurren en el alumno, y no supera las evaluaciones planteadas, resultará NO APTO en el curso.
Dicho lo anterior, insistimos… No tienes de qué preocuparte. Si realmente quieres obtener estas titulaciones y empezar a trabajar en el sector de la seguridad privada cuanto antes, comprobarás enseguida que es un curso 100% asequible que superarás sin dificultades.
¿TIENE LA MISMA VALIDEZ ESTE FORMATO DE “TELEFORMACIÓN” QUE UN CURSO PRESENCIAL?
Exactamente la misma 👍 Somos centro oficial autorizado por el Ministerio del Interior, y por el SEPE-INAEM para impartir este curso en ambos formatos. Ya es cuestión del alumno decidir si prefiere una modalidad u otra, en función de su disponibilidad, situación familiar, laboral, etc.
El alumno que supere el curso, obtendrá las mismas titulaciones, y siguiendo exactamente el mismo proceso administrativo una vez finalizado el curso:
- CERTIFICADO PROFESIONALIDAD: Tramitación de la titulación “académica” o certificado de profesionalidad ante el SEPE-INAEM.
- TIP: Una vez obtenido su certificado de profesionalidad, presentación del mismo ante el Cuerpo Nacional de Policía, para obtener su Tarjeta de Identidad Profesional o TIP que le habilitará como vigilante de seguridad y escolta privado (previa comprobación de los requisitos indicados y el pago de tasas correspondiente).
¿ESTO ES LO MISMO QUE EL PROCEDIMIENTO PEAC?
No, no tiene nada que ver. El PEAC es el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias Profesionales, un sistema oficial que permite a los trabajadores obtener una certificación oficial basada en su experiencia laboral o formación no formal (cursos relacionados con la titulación que se pretende conseguir).
En este sector, salvo que ya seas vigilante de seguridad habilitado por la vía “tradicional” (exámenes realizados ante el Cuerpo Nacional de Policía), este procedimiento no tiene apenas validez, porque se exigen una serie de competencias y titulaciones que sólo puedes adquirir cuando ya estás previamente habilitado (lo contrario sería ilegal).
Desconfía de “pseudo-academias” que en muchos casos ni siquiera están autorizadas por el Ministerio del Interior/Policía Nacional, y que intentarán “venderte” un curso no oficial ni homologado, sin ningún valor oficial… Tras realizar ese curso, siempre deberás pasar por una Comisión de la Agencia de las Cualificaciones que tendrán que valorar la formación recibida (en muchos casos con resultado negativo).
Por desgracia, a menudo los candidatos descubren que han tirado su dinero a la basura, y han sido engañados por centros de muy dudosa legalidad. A partir de aquí comenzará un largo camino de reclamaciones casi siempre infructuosas.




















