El reconocimiento médico en Oposiciones de Policía Nacional
Una prueba a tener en cuenta: el reconocimiento médico en oposiciones
El reconocimiento médico en oposiciones es la gran olvidada de entre las pruebas del proceso selectivo, y cada año deja algunas (y en ocasiones desagradables) «sorpresas» entre los aspirantes. Desde Avanza queremos ayudaros a evitar estas situaciones, a veces con algo tan simple como con una visita al médico o centro clínico. Como consejos generales, podemos recomendarte que acudas con unos meses de tiempo a un optometrista a que evalúe tu visión, ya que, aunque no lo percibas, puede no ser perfecta, y si estás en torno a una dioptría, tendrías que plantearte algún tipo de corrección (orto-k o cirugía láser). Esta corrección deberá ser realizada, como mínimo, dos meses antes del reconocimiento (novedad de esta convocatoria), debiendo alcanzar el 0.6 de agudeza visual en cada ojo de forma individual, lo que sustituye al 0.66 que se exigía hasta el año pasado. Del mismo modo, sería interesante medir tu índice de masa corporal (debe estar entre 18 y 28), tu audición a distintas frecuencias, y la tensión arterial (que, desde este año, marca como límites 140 y 90 mm Hg).
Todos estos parámetros son fácilmente determinables en cualquier reconocimiento médico de empresa, clínica particular o federación deportiva, y detectan la inmensa mayoría de las exclusiones denominadas «directas», permitiéndonos además adoptar medidas sencillas para su corrección. Si, por otro lado, has tenido algún tipo de lesión que conlleve cicatrices, prótesis, clavos, o limitaciones de movilidad perceptibles a simple vista, deberás prever un informe de tu médico (o de un especialista) en el que detalle claramente su situación, evolución previsible y condicionantes para tu actividad física o laboral, si es que los hay.
Novedades para esta convocatoria
Esta última convocatoria, según figura en el Real Decreto 326/2021 del 11 de mayo, recoge algunos cambios en cuanto al cuadro de exclusiones del reconocimiento médico en oposiciones (que permanecía prácticamente inamovible desde 1988) que deberás tener en cuenta antes de la prueba.
Además de desaparecer ciertas causas médicas de exclusión, como la enfermedad celíaca, la diabetes mellitus, la psoriasis no incapacitante o la infección por VIH, se describen con mayor detalle algunas causas de exclusión que antes eran demasiado «difusas» (dismetrías, valgo o varo en tren inferior, coeficiente intelectual, ansiedad o trastornos de los sistemas sanguíneo y cardiológico, etc.), y se introducen otros cambios importantes, entre los que destacamos los siguientes:
Escoliosis con ángulo superior a 15º
Las exclusiones debidas al aparato locomotor se trataban de forma genérica en la normativa anterior, haciendo referencia a aquellas alteraciones que limitasen o dificultasen el desarrollo de la función policial. Pero con el nuevo cuadro de exclusiones, se pormenorizan y cuantifican los problemas de columna vertebral y las alteraciones en las extremidades. Entre otras, se establece una cifosis máxima de 45º en la columna, o una escoliosis que no puede superar los 15º de ángulo de Cobb. En este caso, te recomendamos corregir esa desviación, dentro de lo posible (acudiendo a un quiropráctico o profesional acreditado similar), y hacerte con un informe de tu médico que especifique exactamente el ángulo que presenta tu caso concreto.
Endometriosis
Presente en cerca del 20% de mujeres en mayor o menor grado, supone la aparición crónica de tejido endometrial fuera del útero. Al ser una novedad en el cuadro de exclusiones, habrá que esperar para ver cómo se diagnostica o acredita su ausencia (puesto que es necesaria laparoscopia) y en qué grados se considera o no incapacitante, ya que una de cada tres pacientes resulta totalmente asintomática y en el resto hay diversos estadios y fases que graduar, cada uno con sus correspondientes implicaciones para la vida diaria del paciente.
Esplinectomía
Supone la extirpación total o parcial del bazo, y puede o no tener influencia sobre el sistema inmunitario del aspirante (lo cual se compensa por ejemplo mediante una vacunación estricta). Al igual que en la endometriosis, no será algo que «descubras» el día de la prueba, por lo que te recomendamos hacer un análisis médico previamente y asegurarte de que no vas a tener ningún problema por un diagnóstico dudoso.
Lentes fáquicas
Otra novedad destacable del nuevo cuadro de exclusiones fue la especificación de este método de corrección visual (muy común entre gente joven o con corneas de mayor grosor), que anteriormente no suponía un impedimento por sí mismo, sino que se englobaba en «otras cirugías de la visión», lo que dejaba la puerta entreabierta a los aspirantes que habían decidido optar por este tipo de intervención. Con la publicación del Real Decreto, el uso de lentes fáquicas pasaba a suponer causa de exclusión, pero el Tribunal Supremo, basándose en recursos de algunos opositores, ha permitido, de forma cautelar, que los aspirantes a policía con lentes intraoculares fáquicas no sean excluidos.
Con estas consideraciones y un estado de salud adecuado no tendrás ningún problema para superar la prueba, pero no dejes de hacerte un reconocimiento médico si consideras que hay alguna de estas, u otras causas, que puedan afectarte y consultar a un profesional cualquier duda que pueda surgirte, puesto que, llegada esta fase de la oposición, es mejor no dejar nada a la suerte y poder avanzar hacia Ávila por la puerta grande y sin sustos de última hora.
¡Salud y ánimo, a por ello!