Para ejercer como VIGILANTE DE SEGURIDAD, los aspirantes deben superar un proceso formativo sometido al control de la Secretaría de Estado de Seguridad, a través la Policía Nacional, que ostenta dicha competencia según dispone la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Ley de Seguridad Privada. El proceso consta básicamente de dos fases:
PRIMERA FASE:
Curso de formación previa de 180 horas de duración (mes y medio aproximadamente) en el que se imparten materias como Defensa Personal, Primeros Auxilios, Preparación Física, Armamento y Tiro, normativa específica de seguridad privada, etc.
Al finalizar este curso, y como centro autorizado por el Ministerio del Interior, se entregará al alumno el correspondiente diploma oficial, que acredita la superación del mismo, y le habilita para realizar los exámenes descritos en el siguiente apartado.
SEGUNDA FASE:
Es indispensable la realización del curso descrito en el apartado anterior, para poder llegar a esta fase. En esta fase, el alumno debe presentarse, y superar las pruebas para Vigilantes de Seguridad convocadas por la Policía Nacional y publicadas anualmente en el Boletín Oficial del Estado (existen varias convocatorias anuales):
1.- Pruebas físicas:
2.- Examen teórico:
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- Consistirá en la realización de un examen tipo test de 100 preguntas, sobre los contenidos estudiados en el curso (en la primera fase). Para este examen el alumno dispone de un tiempo de 50 minutos, y se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco para aprobar.Una vez superado dicho proceso, y comprobado el cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes, éstos obtienen su habilitación profesional como vigilante de seguridad.