Quiero ser policía o guardia civil ¿Qué permisos de conducir necesito?
La importancia de los permisos de conducir en las oposiciones
Si estás pensando en presentarte a oposiciones de acceso a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, lo primero que queremos hacer es darte la enhorabuena por tomar esta decisión. Una oposición, sin importar de cuál se trate, es un camino lleno de esfuerzos y dificultades, pero que después te otorgará un premio todavía mayor. También debes saber que en este tipo oposiciones que preparamos en el Centro de Formación Avanza para el acceso a la Policía Nacional, Guardia Civil o Policía Local, es obligatorio contar con ciertos permisos de conducir, y en otros casos, estos carnets aportan “puntos de baremo” que aumentarán las posibilidades de conseguir tu plaza.
A continuación te hacemos un pequeño resumen de cuáles son los permisos de conducir que suelen exigirse como “requisito” de acceso en este tipo de oposiciones, y posteriormente te explicaremos cuál necesitas concretamente en cada una de ellas:
- PERMISO DE CONDUCIR TIPO B: Este tipo de permiso, autoriza principalmente, a conducir vehículos de menos de 3500 kg (“turismos”).
- PERMISO DE CONDUCIR TIPO A: Este tipo de permiso, autoriza a conducir motocicletas (de cualquier cilindrada) y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos, veintiuno para el caso de triciclos.
- PERMISO DE CONDUCIR TIPO A2: Este tipo de permiso, autoriza a conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv). La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
Carnet de conducir para oposiciones de Policía Nacional
Si quieres ser Policía Nacional, debes saber que es necesario disponer del PERMISO DE CONDUCIR TIPO B.
Plazo para obtenerlo: como muy tarde, el último día de presentación de instancias en cada convocatoria.
Puedes empezar tu preparación aunque no tengas todavía el carnet de conducir tipo B, pero deberás conseguirlo antes de la fecha indicada, así que lo recomendable sería que te pongas a ello cuanto antes para luego poder centrarte al 100% en la preparación física y teórica de las materias propias de esta oposición.
Hace años, eran obligatorios otros permisos de conducir, como el BTP (ya no existe), o disponer del carnet de moto (A, o A2), pero ahora ya no son necesarios ninguno de estos permisos.
Carnet de conducir para oposiciones de Policía Local
En este caso, al tratarse oposiciones reguladas por las comunidades autónomas, puede haber variación de requisitos de una a otra, pero nos centraremos en el caso de Aragón.
Para poder ingresar en cualquiera de los cuerpos de policía local de esta comunidad autónoma, es necesario disponer de los PERMISOS DE CONDUCIR TIPO B Y TIPO A (o A2).
Plazo para obtenerlo: deberá poseerse en la fecha en que se haga pública la relación de aspirantes que hayan superado el curso de formación.
Al igual que explicábamos para la oposición de acceso a la Policía Nacional, también en este caso puedes empezar tu preparación aunque no tengas todavía los permisos de conducir exigidos… ¡Pero deberás obtenerlos antes de la fecha indicada!
De nuevo, lo recomendable, es que intentes conseguir estos permisos de conducir lo antes posible, para luego poder centrarte al 100% en la preparación de las pruebas respectivas de esta oposición, y para no sufrir “apuros” de última hora.
¿Permiso A o A2?
Con el permiso A2 ya puedes aprobar la oposición y conseguir tu plaza, pero en la mayoría de ayuntamientos, debes comprometerte (por escrito) a obtener también el permiso de tipo A en un plazo concreto.
Por ejemplo, para el Ayuntamiento de Zaragoza, la última convocatoria de acceso a la Policía Local indicaba lo siguiente: “Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Policía Local poseyendo el permiso de conducir de clase A2, deberán manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo más breve posible, y en cualquier caso en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionario de carrera, que prestarán mediante declaración jurada”.
Carnet de conducir para oposiciones de Guardia Civil
En la oposición de acceso a la Guardia Civil, se pide como requisito únicamente el PERMISO DE CONDUCIR DE TIPO B.
Plazo para obtenerlo: al igual que comentábamos para las oposiciones de acceso al Cuerpo Nacional de Policía, de nuevo en este caso deberás estar en posesión de este permiso de conducir, como muy tarde, el último día de presentación de instancias en cada convocatoria.
Caso particular “concurso-oposición” y puntos de baremo en las oposiciones de acceso a la Guardia Civil:
Esta oposición tiene una característica particular (muy importante), que la diferencia de otras oposiciones de acceso a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como las ya comentadas en apartados anteriores de Policía Nacional y Policía Local.
En el caso del acceso a la Guardia Civil, la particularidad es que se trata de un sistema de acceso de concurso-oposición, y eso significa que además de las diferentes pruebas y exámenes (ortografía y gramática, conocimientos, inglés, psicotécnicos, pruebas físicas, etc), se tienen en cuenta también diferentes “méritos” que pueden aportar todos los opositores:
- Méritos profesionales (para aspirantes procedentes del ejército).
- Méritos académicos (nivel de estudios y títulos de idiomas).
- Y otros méritos, como por ejemplo los permisos de conducción que nos ocupan en este artículo.
¿Qué permisos de conducir puedo aportar para mejorar mi baremo?
Recuerda que el permiso de conducir tipo B es un “requisito” que necesitas para poder obtener tu plaza como Guardia Civil. Es decir, es necesario para poder presentarse a esta oposición, pero no te aportará puntos de baremo.
Según la última convocatoria publicada (2021), los permisos de conducir que SÍ podemos sumar en ese apartado son los siguientes:
- Permiso de conducción de la clase A o A2 (ya explicados en apartados anteriores): 3 puntos.
- Permiso de conducción de las clases C+E, D+E: 3 puntos.
- Permiso de conducción de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E: 2 puntos.
Puedes ampliar información sobre los permisos anteriores (vehículos que permiten conducir, edad mínima para obtenerles, etc…) en la página web oficial de la Dirección general de Tráfico.
IMPORTANTE: En cada apartado o “línea” de las anteriores, solamente se podrá baremar uno de los permisos de conducción indicados. Además, la suma total de méritos en este apartado será como máximo de 4,5 puntos.
En esta oposición de acceso a la Guardia Civil, nuestra experiencia nos dice que cada punto, incluso cada décima, puede ser decisiva para que consigas tu plaza. Así que por supuesto, cuántos más carnets de conducir tengas y puedas aportar como “mérito”… mejor!
Nuestra recomendación para todos los aspirantes es, sobre todo, que hagáis un esfuerzo por conseguir el permiso de conducir tipo A2. Son 3 puntos relativamente fáciles y rápidos de conseguir, y que pueden ser determinantes en vuestras opciones de éxito en esta oposición.
También son importantes obviamente el resto de permisos de conducir que podáis aportar, pero debéis valorar el esfuerzo necesario (inversión económica, dedicación y tiempo, etc…) y que ello no suponga distracción o perjuicio en la preparación del resto de pruebas de la oposición.
Plazo para obtener estos permisos de conducir y aportarlos como baremo: al igual que sucede con los requisitos, estos “méritos” tienen que estar conseguidos por el aspirante, como muy tarde, el último día de presentación de instancias en cada convocatoria.
¿Todavía tienes cualquier duda sobre la preparación de oposiciones de acceso a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad? Requisitos, pruebas a superar, preparación y metodología… No esperes más y consúltanos!
En el Centro de Formación Avanza te ayudaremos a conseguir tu objetivo.
José María GRANDAL GAMALLO,
Director Centro de Formación Avanza.