¿Cuánto gana un guardia civil?
¿Estás preparando oposiciones? ¡Seguro que te interesa saber cuánto gana un guardia civil!
Si estás preparando tu oposición de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, puede que ya hayas investigado acerca de este tema, y seguro que una de las preguntas que te has hecho, es cuál será tu “nómina” cuando lo consigas… ¿Cuánto gana un guardia civil?
La vocación por servir y proteger a los demás, y la estabilidad laboral que aporta conseguir una plaza como ésta, son los incentivos más frecuentes que animan a nuestros alumnos, pero lógicamente, el aspecto económico también es importante. Por eso, desde el Centro de Formación Avanza, queremos daros toda la información acerca del salario que, una vez superada la oposición, percibiréis como miembros de la Guardia Civil.
¿Cuánto gana un guardia civil tras aprobar la oposición?
Lo primero que podemos deciros es que, en líneas generales, y haciendo un resumen muy escueto, el sueldo de un guardia civil está en torno a los 30.000 euros brutos anuales. Sin embargo, este dato es variable y fácilmente mejorable por otros complementos, situaciones y factores que marcarán la remuneración final, además de circunstancias personales o familiares.
Debemos tener en cuenta además, el proceso de equiparación salarial que se está desarrollando en la actualidad entre los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y los de otros cuerpos de policías autonómicas y policías locales, que está suponiendo mejoras relevantes en el salario de un Guardia Civil respecto al de ejercicios anteriores.
¿Cómo se compone la retribución?
Al igual que en otros puestos de la administración pública, el salario está compuesto por una retribución básica, a la que se añaden una serie de complementos, que marcarán la cifra final.
Podemos ver toda la información detallada en el Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Estos “componentes” son los siguientes:
- Sueldo base: es una cantidad fijada anualmente, en 2022 por ejemplo, es de de 9.650,28€ anuales, en el grupo C1, a la que debemos añadir otros 1390,12€ como salario extra anual.
El salario mensual (base) de un guardia civil es de 804,19 €, multiplicado por 12 pagas. A esto se suman 2 pagas extras por importe de 695,06€ cada una.
- Antigüedad: es un componente de la retribución que también variará en función del grupo al que se pertenece y a la categoría profesional. No obstante, en todos los casos se aplica de la misma manera, y dicha retribución aumentará en función de los trienios de servicio (periodos de tres años de antigüedad). Los trienios correspondientes al salario de un guardia civil (grupo C1) ascienden a 29,43€ cada uno de ellos, y lógicamente son acumulables.
Este importe de 29,43€ por cada trienio cumplido, se aplica como incremento en el importe de la nómina mensual. Además, en las pagas extra (meses de junio y diciembre), cada trienio incrementa en 25,41€ dicha cantidad mensual.
- Complementos de destino: es un complemento que depende directamente del nivel que corresponde a cada uno de los empleos, dentro del Cuerpo de Guardia Civil.
Por ejemplo, el empleo de “guardia” tiene asignado el nivel 17, por lo que, como complemento de destino, un guardia civil recibirá un importe total de 5.822,18 euros anuales, que se distribuirán en 14 pagas de 415,87 € cada una.
- Complemento específico: tal y como se establece en el Real Decreto citado anteriormente, este complemento tiene dos partes, el componente general y el componente singular.
- Por una parte, el componente general (también llamado complemento específico general) se percibe en función del correspondiente empleo o categoría que se tenga, y se aplicará al Cuerpo de la Guardia Civil en los importes que cada empleo y categoría se fijen en la disposición vigente.
En la actualidad el complemento específico general asciende a 504,76€ al mes para el empleo de “guardia”, y se percibe en 12 mensualidades (no se cobra en las pagas “extra” de junio y diciembre).
- Por otra parte, el complemento específico singular remunerará el riesgo, dedicación y demás peculiaridades que implica la función policial, de acuerdo con las previsiones contenidas en la Ley 30/84, de medidas para la reforma de la función pública y en la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo de las fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Este componente singular está destinado a retribuir las condiciones particulares o singulares de algunos puestos de trabajo, en atención a su especial dificultad técnica, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad, en las cuantías que, a propuesta del Ministerio de Interior, se autoricen conjuntamente por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas.
Por ejemplo, para un guardia civil destinado en la Agrupación de Tráfico, su importe asciende a 804,50€ mensuales, que se cobran en 12 pagas anuales (no se aplica en las pagas extras).
- Complemento de productividad: en este apartado se valora el rendimiento, la actividad y la dedicación extraordinaria, así como el interés o la iniciativa en el desempeño de las funciones. El abono de la productividad no es constante ni periódico. La precepción de cantidades por este concepto, no es por tanto un derecho ni una cantidad económica que se vaya a “consolidar” para nóminas futuras.
Esta cantidad puede variar para cada guardia civil, en función de su “rendimiento”… Un ejemplo de ello sería la denominada productividad por objetivos.
- Gratificaciones: esta parte de la nómina de un guardia civil tiene un carácter totalmente excepcional, y se concederá por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada habitual de trabajo.
En ningún caso serán cuantías fijas ni periódicas, y se concederán por el Ministro del Interior dentro del “crédito” o presupuesto asignado periódicamente a esta partida.
Estas gratificaciones también se conocen por el nombre de sobreesfuerzos y pueden tener su origen en:
- Excesos horarios respecto a la jornada de servicio ordinaria estipulada para cada funcionario.
- La realización de servicios de carácter extraordinario.
Otros factores que condicionan el salario de un guardia civil:
Como hemos explicado, hay otras circunstancias, como las personales y familiares, que también influyen en la remuneración final que percibe mensualmente un guardia civil.
Estas situaciones se ven reflejadas en las retenciones por el impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF): estar casado o soltero, tener o no hijos… Esto hará que la retención por dicho concepto en la nómina de un guardia civil sea mayo o menor, y por tanto, el importe “líquido” que perciba mensualmente, también se verá afectado por ello.
La “especialidad”: la unidad en concreto en la que presta servicio el guardia civil, también influye en su salario. El complemento que se percibe en una unidad como el SEPRONA, no es el mismo que percibe por ejemplo un guardia civil destinado en un puesto fronterizo, o que presta servicio en labores de seguridad ciudadana o policía judicial.
A todo esto, debemos añadir los complementos salariales que se perciben en algunas comunidades autónomas o destinos específicos, para incentivar la ocupación de “destinos” que en otras circunstancias podrían ser menos demandados por el funcionario. Por ejemplo, los guardias civiles destinados en el archipiélago balear o canario, perciben un “plus de insularidad”, y algo parecido sucede con el personal destinado en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
¿Y cuál es la cifra final?
Como se ha explicado antes, dicha cantidad “neta” o” líquida” puede oscilar dependiendo de múltiples factores, pero vamos a intentar darte una cifra concreta, o al menos aproximada.
Pues bien, un guardia civil recién salido de la academia (tras superar su periodo de formación), en un destino “ordinario” como puede ser un puesto de cualquier población rural, y que preste servicio en unidades de seguridad ciudadana, con una retención de IRPF media, percibe en la actualidad una nómina mensual neta aproximada de 1900-2000€.
Recuerda que esa cifra se verá aumentada por circunstancias como el destino, turnicidad, especialidad, trienios, etc…
Y en la Academia de Baeza… ¿Cuál será mi salario?
El salario de los “guardias alumnos” se regula en el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil (arts. 81 a 83), e indica lo siguiente:
Los alumnos de los centros docentes de formación para el acceso a la escala de cabos y guardias percibirán el sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al empleo de guardia civil.
Asimismo, estos alumnos cotizarán al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)… y estarán sujetos al Régimen General de la Seguridad Social o al Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado, según les corresponda.
En la práctica, el salario durante el periodo de formación en la Academia de la Guardia Civil de Baeza, ronda actualmente los 700€ netos mensuales, de los cuales hay que descontar unos 200€ mensuales por concepto de “manutención” (alojamiento, comida, etc).
Evidentemente, esto se considera una cantidad “simbólica”, que percibirás durante una de las etapas más importantes de tu carrera profesional en la Guardia Civil, como es tu periodo de formación. Superado el mismo, y ya desde el periodo de prácticas (inclusive), la retribución de los “aspirantes”, es exactamente la misma, y con los mismos “componentes” antes indicados, que la que percibe cualquier otro guardia civil en activo.
¿Qué te parece?
Ahora ya solo tienes que esforzarte al máximo, y buscar los mejores preparadores para lograr el objetivo de aprobar tu oposición, e ingresar en la Guardia Civil. ¡¡¡No esperes más y consúltanos!!!